Según se precisó, Ley 21.153 aprobada por el Parlamento, se expresa como un ordenamiento jurídico que se traduce en un gran avance para sancionar formas de violencia sexual, que se expresan fundamentalmente contra mujeres. Además, permitirá vigorizar los objetivos de la Ordenanza Municipal para normar este ámbito de convivencia social.
Como una herramienta eficiente, actual y que se complementa con la ordenanza local contra el acoso en la vía pública implementada en Puerto Montt, calificó la Municipalidad la implementación de la Ley 21.153 de “Respeto Callejero” aprobada por el Parlamento. Al respecto, la casa edilicia precisó que se traduce en primer término, como la evidencia del esfuerzo en abordar un problema de convivencia social. De la misma forma, como el despliegue de instancias de diálogo con diversas organizaciones de género y el quehacer social.
En torno a la promulgación de la Ley 21.153, el alcalde Gervoy Paredes indicó que se plasma como un gran paso en materia legislativa para Chile y la comuna, que junto a la ordenanza municipal permitirá reimpulsar y perfeccionar la norma. Asimismo detalló que la normativa –que sanciona directamente el acoso sexual en lugares públicos– se materializa como un progreso en cuanto a respeto y seguridad, para los niños/as y mujeres.
“Promulgada la Ley de Acoso Callejero, señalamos mediante una instrucción que entregamos al equipo Jurídico, que sea analizada la ley pues es complementaria a la ordenanza. Este instrumento es muy necesario para colaborar con este cuerpo legal. Luego pasará al Concejo municipal, donde esperamos sea aprobada después de su análisis en comisión. Aquí, quiero reconocer a diversas agrupaciones de la comuna que han solicitado esta medida, en especial un grupo de mujeres del Frente Amplio y otros grupos feministas que estaban trabajando en la materia, recolectando firmas y entregando propuestas para construir la ordenanza, que tenemos que alinear con la nueva Ley de Respeto Callejero. Creo que es necesaria para la Capital regional, sobre todo con las situaciones que se han vivido en la comuna y que han sido denunciadas por muchas mujeres”, aseveró.
“Esperamos que luego de su análisis en cerca de dos meses aproximadamente, tengamos aprobada la Ordenanza de Acoso Callejero de manera coherente con lo que es la ley que está promulgada por el Parlamento”, concluyó la autoridad comunal. “La ordenanza municipal unida a la Ley nos permitirá reimpulsar y perfeccionar la norma. Es decir, actualizada y fortalecida”, dijo Paredes.
Cabe precisar que la formulación de la ordenanza municipal contra el acoso callejero contó con un proceso de recolección de firmas y diálogo, promovido por entidades de género en varios puntos de la comuna. Acerca de la campaña para sociabilizar la propuesta, detallaron que consistió en impulsar la supresión de la violencia sexual que afecta a hombres y fundamentalmente, a mujeres.
Por su parte la Ley 21.153 establece como acoso callejero un acto de connotación sexual en lugares públicos, contra hombre o mujer que no lo desea. Además, que afecte su dignidad y derechos fundamentales.
Asimismo, configura el delito de acoso sexual en el Código Penal, instituyendo acciones de contacto físico: tocaciones indebidas, “agarrones” y roces. Simultáneamente, establece presidio menor, en su grado mínimo, 61 a 540 días.