Con el objetivo de fortalecer la transparencia y probidad en las relaciones con los estamentos del municipio, que a partir del 28 de agosto, alcaldes, concejales, directores de obras y secretarios municipales, según disposición de la Ley de Lobby, deberán publicar audiencias, reuniones, viajes y regalos recibidos, correspondientes a los últimos 30 días.
Puerto Montt, 28 de agosto de 2015.- A partir de este viernes 28 de agosto, la Municipalidad de Puerto Montt dispuso la entrada en vigencia de Ley n° 20730, que regula el Lobby, que a fines del año pasado, sólo se aplicó a las autoridades nacionales. La nueva normativa establece como un deber de autoridades y funcionarios públicos, registrar y publicar las reuniones y audiencias solicitadas por lobistas particulares que busquen influenciar en decisiones públicas, viajes realizados en el ejercicio de sus funciones y regalos que reciban como autoridades o funcionarios.
El Municipio de Puerto Montt se ha preparado para afrontar esta nueva disposición legal con antelación, realizando con una jornada de capacitación informativa y coordinadora, que contempló al Alcalde, Concejales, Director de Obra, Secretarios Municipales y funcionarios que cumplen funciones, vinculantes con jefaturas, sobre los alcances de la ley y procedimientos que deberán efectuar para registrar e informar sobre audiencias, viajes y donativos, todo en busca de fortalecer la probidad y transparencia.
Para el alcalde de Puerto Montt, Gervoy Paredes, esta ley viene a confirmar un compromiso del municipio para con la transparencia activa y las buenas prácticas.
«Esta disposición legal sólo viene a reafirmar nuestro deseo de estar a la vanguardia y trabajar por la transparencia y probidad. Nosotros no tenemos nada que esconder, así que seguiremos trabajando para hacer del municipio un ejemplo de transparencia y buenas prácticas, dándole cumplimiento fiel a lo que la norma exige. La gestión pública nos exije que ejerzamos nuestra labor pública con transparencia», dijo.
LEY N° 20.730
La Ley número 20.730 o Ley de Lobby es una disposición para los funcionarios públicos llamados “sujetos pasivos”, para llevar un registro de audiencias que se realicen tanto a instituciones como a personas naturales, así como un detalle de los presentes que reciban y de los viajes que realicen.
Además, la ley permite la creación de un registro de lobbistas o personas que trabajan remuneradamente para influir en la decisión de funcionarios públicos, con el objeto que la ciudadanía sepa quiénes se dedican a esta actividad, y cuales funcionarios públicos los han recibido.
Al mismo tiempo se permite la identificación de “gestores de intereses particulares”, que son aquellas personas que solicitan reunirse con una autoridad, con el fin de presentarle intereses o puntos de vista sobre un tema.
El Consejo para la Transparencia cumple con el rol de recolectar toda la información que sea enviada por las instituciones, datos que son hechos públicos en el sitio web www.infolobby.cl
Finalmente el sitio web del municipio www.puertomontt.cl cuenta con un banner en su página, tal como lo exige la ley, que permite a los usuarios conocer en profundidad los aspectos de este cuerpo legal, así como también acceder a un formulario para solicitar una reunión o audiencia con las autoridades de la municipalidad.
Este gestor de reuniones solicitará la identificación del lobbista o la persona que pide la audiencia, cuándo, con quién solicita la reunión, quiénes serán los acompañantes, a quién se representa, qué temas se tratarán y los motivos de la reunión, entre otros.